

Los productos que se presentan en el mercado deben ir acompañados de una información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales.
Además de la información obligatoria que debe acompañar a todo producto puesto a disposición del consumidor final, muchos artículos incorporan una información complementaria que pueda ayudar a consumidor a la hora de elegir entre productos similares.
Estas informaciones opcionales, e incluso algunas obligatorias, se presentan en muchas ocasiones en forma de logotipos normalizados, cuya imagen y contenidos vamos analizar.
AENOR es la Asociación Española de Normalización y Certificación.
Es una entidad independiente de carácter privado, reconocida y autorizado para desarrollar las actividades de normalización y certificación en nuestro país.
Entre sus funciones está certificado los sistemas de calidad de las empresas y sus productos, para asegurar que cumplen con las normas correspondientes.
La certificación de los productos es la verificación técnica, de carácter voluntario, de las propiedades y características que debe reunir un producto de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas que le corresponden, realizada por un organismo independiente (en el caso de España AENOR ).
Los productos que han obtenido la certificación de AENOR , deberán incorporan la marca N grabada en el propio producto o bien en su etiquetado, con el fin de que sean distinguidos en el mercado frente a los productos no certificados.
Sobre esta línea, logo identificativo de un producto certificado.
La marca a AENOR -Medio Ambiente pretende promover la fabricación de productos que sean respetuosos con el medio ambiente, y ser un instrumento que facilite a los consumidores información sobre los efectos medioambientales de los productos puestos a su disposición en el mercado.
Es una marca de conformidad con las normas españolas de criterios ecológicos, concebida para distinguir aquellos productos que tienen una menor incidencia sobre la degradación medioambiental, considerando todo su ciclo de vida, incluyendo la fabricación, distribución, utilización y eliminación de los mismos.
Los productos que han superado los criterios ecológicos presentan el logotipo de la izquierda.
La etiqueta ecológica europea tiene como principales objetivos el de promover que los productos se fabriquen con el menor perjuicio posible para el medio ambiente, e informar a los consumidores sobre las repercusiones medioambientales de los productos que consumen.
Está regulada por un reglamento del Consejo de la Unión Europea, y es de carácter voluntario, siendo reconocida en cualquiera de los Estados miembros independientemente del país donde se haya obtenido.
La concesión de la Etiqueta Ecológica Europea se basa en la definición de las familias de productos y de los criterios ecológicos aplicables a las mismas.
Los criterios ecológicos son los requisitos que debe cumplir el producto para acceder a la etiqueta.
Dichos criterios son elaborados por un grupo de expertos de todos los Estados miembros, y son aprobados por la Comisión de la UE.
Los criterios ecológicos para cada categoría de productos se define mediante un análisis de su ciclo vital.
Esto significa que se analiza los efectos sobre el medio ambiente en las diferentes fases de la vida de los productos: fabricación, distribución, utilización y eliminación considerando, en todo caso, el consumo de recursos naturales, la minimización de vertidos, la producción de residuos y la facilidad de reciclado.
En principio, cualquier tipo de producto puede estar sujeto a este etiquetado ecológico, salvo alimentos, bebidas y productos farmacéuticos.
Actualmente, ya es posible conceder esta etiqueta a lavadoras, lavavajillas, papel de cocina y enmiendas del suelo (abonos orgánicos para jardinería), estando en fase de estudio los criterios ecológicos para detergentes, pinturas y barnices.
Es aquel que acompaña a los electrodomésticos con el fin de suministrar al consumidores información sobre el consumo de energía y otros recursos esenciales, así como sobre datos complementarios relativos a cada tipo de aparato, de manera que el consumidor pueda, a la hora de adquirir un electrodoméstico, elegir el más adecuado a sus necesidades y posibilidades.
Este tipo información, actualmente, se encuentra a en lavadoras, frigoríficos, congeladores y en las combinaciones de uso doméstico de estos dos últimos, alimentados por la red eléctrica.
Progresivamente, se impondrá en secadoras de ropa, lavavajillas, hornos, calentadores, fuentes de luz y aparatos de aire acondicionado.
Ésta etiqueta está dividida en cuatro zonas:

a) En la primera se recogen los datos relativos al fabricante y el modelo.
b) En la segunda, la clase de eficiencia energética del aparato, indicándose con flechas de distintos colores y longitud.
La letra A representa la máxima eficacia y la letra G la mínima posible.
En el caso de que el aparato haya obtenido la Etiqueta Ecológica Europea, podrá colocarse una reproducción del símbolo de la misma en esta zona.
c) La tercera zona se recogen datos específicos para cada tipo electrodoméstico:
- El consumo de energía en Kwh/año.
- El volumen útil del compartimiento de refrigeración.
- El volumen útil del compartimiento de congelación.
- Clasificación por estrellas del compartimiento de congelación.

- Consumo de energía en Kwh/ciclo para lavados de algodón a
60°C.
- Consumo de agua por ciclo normal de lavado de algodón a 60°C.
- Eficacia de lavado (según escala A, B, C, D, E, F, G).
- Eficacia del centrifugado (según escala A, B, C, D, E, F, G).
- Velocidad del centrifugado en un ciclo normal de lavado de algodón a 60°C.
- Capacidad del aparato para un ciclo normal de lavado de algodón a 60°C.
d) En la cuarta zona, cuando proceda, se indicará el ruido emitido durante el funcionamiento del aparato, medido en decibelios.
Los productos en cuya composición intervienen sustancias tóxicas, nocivas, inflamables, etc., deben llevar impreso en su envase alguno de los símbolos que se recogen a continuación, en función de su peligrosidad.
Cada uno de los símbolos se presenta acompañado de frases concretas indicando las medidas preventivas y las actuaciones a seguir en caso de accidente.
Cada uno de los símbolos indica:
Productos que pueden reaccionar con fuerte producción de calor y rápida formación de gases aún en ausencia de aire, y en determinadas situaciones explosionan.
Productos que en contacto con otras sustancias, en especial con las inflamables, generan una fuerte producción de calor .
Productos cuya temperatura de combustión es muy baja, y/o que pueden producir gases inflamables en contacto con agua o aire húmedo .
Productos que por inhalación, ingestión o penetración cutánea, en pequeñas cantidades, pueden provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.
Productos que por inhalación, ingestión, o penetración cutánea pueden provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte .
Productos no corrosivos que contacto breve, prolongado o repetido con piel o mucosas puede producir inflamación de las mismas.
Productos que contacto con los tejidos vivos pueden producir lesiones destructivas de los mismos.
Productos que presentan o pueden presentar un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente.
Las pilas y acumuladores cuyo contenido en metales pesados exija su recogida y eliminación selectiva, llevarán uno de estos logotipos impreso sobre el lado mayor de la pila, o en su envase cuando el tamaño no lo permita.

Las etiqueta de los productos textiles, que deben ser, salvo excepciones, de naturaleza textil y estar cosidas a la prenda, presentan dos apartados.
El primero recoge la composición porcentual de las fibras del tejido, y el segundo los datos informativos sobre el trato a dar a la prenda.
Esta información, aunque voluntaria, lo ofrecen la mayoría de los fabricantes, con los siguientes símbolos:

1. Lavar en agua a mano o a máquina. Las cifras del interior de la cubeta indican la temperatura máxima del lavado. En este caso 30°C.

2. La línea que subraya la cubeta indica que debe realizarse una agitación mecánica reducida. Conviene no centrifugar en el lavado a máquina.

3. Lavar sólo a mano. La mano introducida en la cubeta indica que debe efectuarse una agitación muy débil.

4. No lavar.

5. Planchar a temperatura alta, máximo 200°C. Puede emplearse vapor o un paño húmedo. Suelen ser artículos de algodón, lino, etc.

6. Planchar a temperatura media, máximo 150°C. Puede emplearse vapor o un paño húmedo. Suelen ser artículos de lana, poliéster, etc.

7. Planchar a temperatura baja, máximo 110°C. Sólo en seco y sin vapor. Suelen ser artículos seda natural, rayón, acetato, etc.

8. No planchar.

9. Lavar en seco. Las letras del interior del círculo indican distintos disolventes de limpieza en seco:

10. La línea que subraya el círculo indica precaución o restricciones en la limpieza en seco.

11. No limpiar en seco.

12. Posibilidad de utilizar lejía.

13. Puede utilizarse lejía únicamente en artículos blancos de algodón.

14. No emplear lejía.

15. Se puede secar en secadora mecánica.

16. No secar en secadora mecánica.

17. Secar la prenda colgando de una cuerda.

18. Tender sin escurrir.

19. Secar en plano horizontal sin tender.
El calzado a disposición de los consumidores debe contener información sobre las partes del mismo y la composición de cada una de ellas.
Los pictogramas de la estructura indican:
Cara exterior del calzado que va unido a la suela.
Está formado por el forro del empeine y la plantilla, que constituyen el revestimiento interior del calzado.
Parte inferior del calzado que está sometida a desgaste por razonamiento y que va unida al empeine.
Los pictogramas de la composición indican:
Cueros o pieles de animales que conservan su estructura fibrosa original más menos intacta, curtidos de forma que sean imputrescibles.
Producto cuya capa de untamiento o contrapegada no supera un tercio del espesor total del producto.
Tejido de fibras naturales o sintéticas.
La mayoría de los alimentos presentan logotipos que corresponden a identificaciones de marca o imágenes publicitarias.
Sin embargo, existen dos imágenes sometidas a regulación: las utilizadas en los alimentos ecológicos y en los envases en contacto con alimentos.
Son aquellos alimentos que han sido obtenidos según las normas técnicas del CRAE (Consejo Regulador de la Agricultura Ecológica) y de la Unión Europea para la agricultura ecológica.
Las características fundamentales de estos alimentos son que todos o la mayoría de sus ingredientes de origen agrícola proceden de la agricultura ecológica, y que han sido controlados por el CRAE.
A los alimentos que cumplen las normas técnicas del CRAE, este organismo les concede la etiqueta numerada que deberá figurar en todos los productos.
Las empresas productoras deben enviar al CRAE un modelo de estas etiquetas para su revisión y autorización antes de ser impresas.
La etiqueta que hasta ahora garantiza el cumplimiento de las normas técnicas corresponde al logotipo de arriba.
En el etiquetado de estos productos no debe aparecer ninguna indicación de que el producto tiene cualidades organolépticas, nutritivas o sanitarias superiores.
Los envases dedicados a contener platos preparados, conservas vegetales, zumos y derivados deben llevar la leyenda:
“Para el contacto con alimentos”,
“Conveniente para alimentos”,
ó el logotipo de la izquierda.
J. J. Glez. Gar. O.M.I.C. 2005