
La Ley de Enjuiciamiento Civil, en vigor desde el día 8 de enero de 2001, permite en supuestos de singular simplicidad que el ciudadano acuda al Juzgado para reclamar deudas sin precisar necesariamente los servicios profesionales de Abogado y Procurador.
Entre ellos: el juicio verbal para la reclamación de cantidades que no excedan de 900 euros y la petición inicial del proceso monitorio.
Esta página le informará de los trámites del proceso monitorio en general.
En folletos separados en formato PDF, dispone de la información necesaria para el juicio verbal para reclamaciones que no excedan de 900 € y para el proceso monitorio para reclamaciones de deudas por gastos comunes de comunidades de propietarios.
Juicio Verbal, Pdf. Descargar en formato Pdf.
Juicio Verbal, Word. Descargar en formato Word.
Proceso Monitorio, Pdf. Descargar en formato Pdf.
Proceso Monitorio, Word. Descargar en formato Word.
J. J. Glez. Gar. O.M.I.C. 2005